¿Por qué L4SB?
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Preguntas comunes sobre las ventas y adquisiciones de una empresa:
Esta es una pregunta difícil de responder, ya que realmente depende de los términos del acuerdo. Como mínimo, necesita un acuerdo de compra y una factura de venta. Por lo general, hay dos tipos de acuerdos de compra: Acuerdos de Compra de Activos y Acuerdo de Compra de Acciones o Membresías, dependiendo de si solo se compran los activos o si se compra la propiedad de la entidad corporativa real. Hay pros y contras en ambos tipos de transacciones.
Si el precio del negocio se va a pagar a lo largo del tiempo, otro documento necesario es un pagaré. Si hay activos en el negocio para ser utilizados como una garantía mobiliaria, es posible que también necesite una presentación de UCC-1 para perfeccionar esa garantía mobiliaria. Si hay activos titulados, es posible que necesite facturas de venta separadas e individuales o documentos de transferencia de título. Finalmente, si hay contratos asumibles (es decir, el contrato de arrendamiento, hipotecas, líneas de crédito, etc.), también necesitará documentos separados para ellos. Hay otros documentos que pueden ser necesarios, dependiendo de las circunstancias de la venta, tipo de negocio, etc.
Cuando se compran las acciones o el interés de membresía en una empresa, todos los activos y pasivos se transfieren con esa compra: se compra la propiedad de la empresa, no los activos individuales. Esto es beneficioso cuando la propia empresa tiene un crédito o activos significativos o contratos inasumibles.
Una compra de activos, por el contrario, se utiliza cuando un comprador solo desea la totalidad o una parte de los activos, y no los pasivos de la empresa. Esta es la forma más popular de transacción comercial, aunque la mayoría de las personas no se dan cuenta de que no hacerlo bien puede conducir a lo que se llama “responsabilidad del sucesor”, donde el sucesor en interés en sustancialmente todos los activos sigue siendo responsable por alguna causa de acción, responsabilidad o deuda de la empresa anterior.
La regla general es que una entidad sucesora no es responsable de los actos (o deudas) de su predecesora, a menos que se hayan cumplido los elementos de ciertas excepciones. En la mayoría de los estados, incluidos Nuevo México, Nevada e Illinois, hay cuatro excepciones habituales a la regla general: (1) Cuando el comprador acepta expresa o implícitamente asumir dichas deudas o responsabilidades, (2) Cuando la transacción es realmente una consolidación o fusión, (3) Cuando la corporación compradora es simplemente una continuación de la corporación vendedora, y (4) Donde la transacción se realizó de manera fraudulenta para escapar de la responsabilidad o las deudas.
La “excepción de fusión de facto” es lo que generalmente engancha a la mayoría de los compradores en una venta de activos. Esta excepción establece que el comprador puede ser considerado pasivo o acreedor como si hubiera formado una fusión, incluso si no cumplieron (o siguieron) los requisitos legales. Hay una prueba de cuatro factores: (1) Si hay una continuación de la empresa, (2) Si hay una continuidad de los accionistas, (3) Si la empresa vendedora cesó sus operaciones comerciales ordinarias, y (4) Si la empresa compradora asumió las obligaciones del vendedor. Todos los factores ponderan por igual, y no existirá una fusión de facto cuando solo existan dos de los cuatro factores.
Por lo general, una venta de activos desencadena dos o más de la prueba de cuatro factores. Cuando eso sucede, es fundamental que el acuerdo de compra contenga representaciones y garantías adecuadas, y que el comprador se proteja con cláusulas de indemnización.
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