Informe de Información sobre Beneficiarios Finales (BOI) para una Empresa

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Informe de Información sobre Beneficiarios Finales

L4SB presentará el Informe de Información de Beneficiarios Finales (BOI) inicial (o actualizado) de su empresa ante FinCEN según lo requerido por la Ley de Transparencia Corporativa. Si su empresa ya ha presentado su Informe Inicial y desea (1) actualizarlo, (2) cambiar el BOI de su empresa de alguna manera y/o (3) actualizar la información de uno o más de los beneficiarios finales de alguna manera, entonces también podemos ayudarlo con eso.

¿Qué está incluido?

Este es un servicio ÚNICO para presentar su BOIR inicial o para presentar un BOIR actualizado.
Una vez que se presente el BOIR, le enviaremos una transcripción de la presentación.

Una vez que se reciba su pedido, un miembro de nuestro personal confirmará la información y le solicitará información adicional. Usted DEBE responder y proporcionar la información solicitada. No podemos presentar el BOIR sin esta información. Por favor, responda con prontitud para que su BOIR pueda ser presentado antes de la fecha límite.

¿No está la FinCEN bloqueada para hacer cumplir el BOIR bajo la CTA?

No, NO lo es (a partir del 18 de febrero de 2025). Más información aquí.

Política de Reembolso y Cancelación

  • NO HAY REEMBOLSO por este servicio.
  • Tenga en cuenta que nuestros servicios INCLUYEN la evaluación, la preparación, el procesamiento y el manejo, incluso si terminamos no enviando su informe a FinCEN (por cualquier motivo).
  • Cancelaremos su pedido, a nuestra discreción, si no responde o no responde a nuestras preguntas a nuestra satisfacción. Si cancelamos por este motivo, NO le emitiremos un reembolso.

Depende. Si usted es una persona estadounidense y/o una empresa nacional de EE. UU., entonces no. Si usted es una empresa extranjera registrada para hacer negocios en los EE. UU., entonces lo hace.

El 21 de marzo de 2025, FinCEN aclaró su declaración sobre empresas estadounidenses, personas estadounidenses y entidades extranjeras. Consulte el anuncio de FinCEN. En resumen, solo las entidades extranjeras que se han registrado para hacer negocios en los EE. UU. deben presentar información BOIR, y dicha información no necesita incluir información sobre los beneficiarios finales que pueden ser personas estadounidenses.

NUESTRA RECOMENDACIÓN ACTUAL: Las entidades con sede en el extranjero que operan en los EE. UU. deben informar. Los ciudadanos estadounidenses y las entidades informantes nacionales no están obligados a informar. Lea nuestro artículo para mantenerse al día con la información más reciente sobre BOIR.

En 2021, el Congreso (en su infinita sabiduría) aprobó la Ley de Transparencia Corporativa (CTA) que es administrada por la Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. Esta ley crea un nuevo requisito de presentación de informes de información sobre beneficiarios finales como parte de los esfuerzos del gobierno de los EE. UU. para dificultar que los malos actores oculten o se beneficien de sus ganancias mal habidas a través de empresas ficticias u otras estructuras de propiedad opacas. Puede obtener más información aquí.

La CTA impone 100 páginas de reglas y definiciones arcanas en torno a los requisitos de presentación de informes de las empresas y, lo que es más importante, crea severas sanciones financieras (hasta 500 dólares al día) y sanciones penales (con tiempo real en la cárcel) para cualquiera que no informe, envíe información falsa y no mantenga información precisa y actualizada (es decir, los beneficiarios reales tienen que proporcionar su dirección residencial, y no tiene más de noventa (90) días para recordar actualizar su información, de lo contrario, enfrentará graves consecuencias).

La información sobre los beneficiarios finales (BOI) se refiere a la información de identificación sobre una empresa y las personas que poseen o controlan una empresa directa o indirectamente.

En el caso de una empresa, esta información incluye el nombre legal, el nombre comercial (es decir, d/b/a), la dirección actual del lugar principal de negocios, el estado de registro y un número de identificación fiscal (es decir, EIN o FEIN).

En el caso de una persona, esta información incluye el nombre, la fecha de nacimiento, la dirección residencial y una forma aceptable de identificación (consulte la siguiente pregunta frecuente para obtener una lista de las formas de identificación aceptables). Para la identificación, debe proporcionar el número de identificación, el estado o jurisdicción emisora y una imagen legible de la identificación.

Las únicas formas aceptables de identificación son:

  • Una licencia de conducir de los EE. UU. no vencida (incluidas las licencias de conducir emitidas por un estado, territorio o posesión de los Estados Unidos);
  • Un documento de identificación no vencido emitido por un gobierno estatal o local de los EE. UU., o una tribu indígena;
  • Un pasaporte no vencido emitido por el gobierno de los EE. UU.; o
  • Un pasaporte no vencido emitido por un gobierno extranjero (solo cuando una persona no tiene una de las otras tres formas de identificación enumeradas anteriormente).

Todas las entidades extranjeras, ya sean corporaciones, LLC u otras entidades legales que se formen fuera de los EE. UU., pero que luego se registren para hacer negocios en los EE. UU. mediante la presentación de un documento según la ley de un estado de los EE. UU. o jurisdicción de nativos americanos (indios).

Algunas entidades están exentas de los requisitos de presentación de informes. Dichas entidades incluyen empresas que cotizan en bolsa, organizaciones sin fines de lucro, ciertas grandes empresas operativas y empresas que ya están obligadas a registrarse en la FTC, la FCC, la SEC o FinCEN, como los bancos y las compañías de seguros.

Las grandes empresas están excluidas de los informes, que se definen como entidades que emplean a más de 20 FTE en los EE. UU., tienen presencia operativa con una oficina física en los EE. UU. y presentaron un formulario de impuestos federales de los EE. UU. que demuestre $5 millones o más en ingresos brutos o ventas, derivados de fuentes con sede en los EE. UU. (los ingresos derivados de fuentes fuera de los EE. UU. no se cuentan).

En determinadas circunstancias, las entidades inactivas que, de otro modo, estarían obligadas a presentar informes, están exentas de hacerlo. Sin embargo, las circunstancias son bastante limitadas. Debe responder «SÍ» a los seis de los siguientes criterios para ser considerado una entidad inactiva exenta de informar:

  • La entidad ha existido desde el 1 de enero de 2020 o antes.
  • La entidad no ha participado en negocios activos
  • La entidad no es propiedad (ni siquiera parcialmente) de una persona extranjera (definida como alguien que no es una persona de los Estados Unidos según se define en 7701 (a) (30) del Código de Rentas Internas de 1986)
  • La entidad no ha experimentado ningún cambio en la propiedad en el período de doce (12) meses anterior
  • La Entidad no ha enviado ni recibido fondos superiores a $1,000 en el período de doce (12) meses anterior
  • La entidad no posee ningún tipo de activos, en los EE. UU. o en el extranjero, incluidos bienes inmuebles o un interés de propiedad en cualquier otra entidad

Si desea más ayuda para determinar si su empresa puede ser excluida de la presentación de informes, considere una Consulta con un Abogado de BOI de 30 minutos o utilice nuestro SISTEMA EXPERTO GRATUITO para ayudarlo a determinar si su Compañía debe presentar un Informe de Interés de Beneficiario Final y quién se considera que tiene un interés de beneficiario final (BOI) en su Compañía.

Un beneficiario final es una persona que, directa o indirectamente: (1) ejerce un control sustancial sobre una empresa, o (2) posee o controla al menos el 25% de los intereses de propiedad de una empresa.

Control sustancial significa que un individuo ejerce un control sustancial sobre una empresa de una o más de cuatro maneras diferentes. Si la persona cae en alguna de las siguientes categorías, la persona está ejerciendo un control sustancial:

  • La persona es un funcionario superior (es decir, un funcionario de nivel C, como el presidente de la empresa, el director financiero, el asesor general, la oficina del director ejecutivo, el director de operaciones, el gerente o cualquier otro funcionario que realice una función similar)
  • El individuo tiene autoridad para nombrar o destituir a ciertos funcionarios o a la mayoría de los directores (u organismo similar) de una empresa
  • El individuo toma decisiones importantes para una empresa
  • El individuo tiene cualquier otra forma de control sustancial sobre la empresa declarante, como se explica más adelante en FinCEN’s Small Entity Compliance Guide (consulte el Capítulo 2.1, «What is substantial control?»)

Los tomadores de decisiones importantes son aquellas personas que dirigen, determinan o tienen una influencia sustancial sobre las decisiones importantes tomadas por una empresa, incluyendo:

  • Decisiones comerciales, incluidas las relacionadas con la naturaleza, el alcance, los atributos, la geografía de los productos y/o servicios de la Compañía y/o la aprobación de contratos importantes
  • decisiones financieras, incluidas las que impliquen la venta, el arrendamiento o la transferencia de activos principales, o de gastos importantes, emisiones de capital, contracción de deudas o aprobación de un presupuesto
  • decisiones estructurales, incluidas las que impliquen la reorganización, disolución o fusión de la entidad, o enmiendas de cualquier documento de gobernanza sustancial o políticas o procedimientos significativos

Si desea obtener más ayuda, considere una consulta de 30 minutos con un abogado de BOI o utilice nuestro SISTEMA EXPERTO GRATUITO para ayudarlo a determinar quién se considera que tiene un interés de beneficiario final (BOI) en su empresa.

FinCEN permitirá a los funcionarios federales, estatales, locales y tribales, así como a ciertos funcionarios extranjeros que presenten una solicitud a través de una agencia del gobierno federal de los EE. UU., obtener información sobre los beneficiarios finales (BOI) para actividades autorizadas relacionadas con la seguridad nacional, la inteligencia y la aplicación de la ley. Las instituciones financieras también tendrán acceso al BOI en circunstancias determinadas, con el consentimiento de la empresa declarante. Los reguladores de esas instituciones financieras también tendrán acceso a la Junta de Inversiones cuando supervisen a las instituciones financieras.

FinCEN está desarrollando las reglas que regirán el acceso y el manejo de BOI. El BOI reportado a FinCEN se almacenará en una base de datos segura y no pública utilizando rigurosos métodos y controles de seguridad de la información que se utilizan normalmente en el gobierno federal para proteger los sistemas de información no clasificados pero sensibles al más alto nivel de seguridad. FinCEN trabajará en estrecha colaboración con aquellos autorizados a acceder a la información de beneficiarios finales para garantizar que comprendan sus funciones y responsabilidades para garantizar que la información reportada se utilice solo para fines autorizados y se maneje de una manera que proteja su seguridad y confidencialidad.

Si tiene más preguntas, considere una consulta de 30 minutos con un abogado de BOI.

No.

L4SB define el anonimato como «mantener la información de propiedad fuera de Internet, para evitar que los investigadores de Internet sepan quién es el propietario de una empresa». Esto significa que los bancos, el IRS y otros aún necesitan conocer la información de propiedad, y dicha información se mantiene confidencial y no se divulga en Internet.

Por lo tanto, los informes de intereses de beneficiarios finales (BOI) según lo requerido por FinCEN bajo la Ley de Transparencia Corporativa (CTA) no cambian lo que L4SB define como «anónimo».

NOTA: FinCEN está actualmente prohibido (es decir, restringido) de hacer cumplir el BOIR en virtud de la CTA. Esto significa que todos los plazos identificados a continuación están actualmente en espera. Recomendamos, como una cuestión de «mejor práctica», asumir que estos plazos se están cumpliendo. Más información.

Plazos originales:
Las nuevas empresas formadas a partir del 1 de enero de 2024 deben informar a la empresa, a los beneficiarios reales (BOI) y a la entidad solicitante dentro de los 90 días posteriores a la formación (este plazo se reduce a 30 días después del 1 de enero de 2025).

Todas las empresas, incluidas las formadas antes del 1 de enero de 2024, deben informar sobre la empresa y los intereses de los beneficiarios finales (BOI) a más tardar el 1 de enero de 2025. No es necesario informar a la entidad solicitante en el caso de dichas empresas.

Por último, todas las empresas y personas con una participación en el beneficiario final (BOI, por sus siglas en inglés) deben informar cualquier cambio en la información dentro de los 30 días posteriores al cambio, mediante la presentación de un informe actualizado. L4SB ofrece una suscripción de «Cumplimiento de BOI«, que puede ayudarlo a realizar un seguimiento de (y enviar) actualizaciones de BOI.

Si desea obtener más ayuda, considere una consulta de 30 minutos con un abogado de BOI o utilice nuestro SISTEMA DE EXPERTOS GRATUITO para ayudarlo a determinar si su empresa debe presentar un informe de intereses de beneficiarios finales, quién se considera que tiene un interés de beneficiario final (BOI) en su empresa y qué desencadena la necesidad de presentar un informe actualizado. Nos esforzamos por mantener nuestro sistema experto actualizado dentro de las 48 horas de los cambios propuestos por FinCEN.

Buena pregunta. No hemos visto un lenguaje específico sobre esto, pero es mejor asumir ambos. Lo que esto significa es que la Compañía debe ser considerada la entidad responsable de presentar un Informe inicial de Interés de Beneficiario Final (BOI) ante FinCEN, pero todos los Beneficiarios Finales deben cooperar con la Compañía para que esto sea posible.

Un Beneficiario Final que retenga información de la Compañía, dificultando o imposibilitando la identificación de todos los Beneficiarios Finales, violará el deber fiduciario que un Beneficiario Final mantiene con la Compañía, y probablemente será el considerado responsable del informe inexacto.

Del mismo modo, las personas de la Compañía que no presenten o mantengan adecuadamente el Informe de Interés de Beneficiario Final (BOI) con FinCEN violarían de manera similar el deber fiduciario que dichas personas mantendrían con la Compañía, además de ser consideradas responsables del informe inexacto.

Dadas las graves consecuencias financieras y las sanciones penales que rigen la ley en torno a la presentación de informes de intereses de beneficiarios finales (BOI) con FinCEN, recomendamos encarecidamente que esta sea un área para evitar tratar de «ganar apalancamiento» o actuar de mala fe.