Somos abogados con sede en los EE. UU. y realmente solo podemos brindar asesoramiento sobre la ley y los impuestos con sede en los EE. UU. Si se encuentra fuera de los EE. UU., mucho depende del país en el que se encuentre, porque su país tendrá sus propias formas específicas de lidiar con los impuestos y los ingresos derivados fuera de su país, y los EE. UU. tendrá formas específicas de manejar los problemas legales e impuestos según el país del que resida.
Por lo tanto, realmente no tenemos la capacidad de proporcionar a la mayoría de los ciudadanos no estadounidenses todas las respuestas que buscan con respecto a hacer negocios de forma anónima en los EE. UU. y cómo dichos negocios afectarán su estado fiscal.
Dicho esto, hemos preparado una lista de respuestas a las preguntas más comunes que recibimos de los ciudadanos no estadounidenses con respecto a cuestiones fiscales:
- Es posible que tenga que pagar el impuesto sobre la renta de los EE. UU. si tiene algún FDAP o si tiene algún ingreso (ECI) efectivamente conectado (a un comercio o negocio de los EE. UU.).
- Todavía tiene que presentar ciertas declaraciones y estados de impuestos sobre la renta de los EE. UU. (Formulario 5472, Formulario proforma 1120 y posiblemente Formulario 1040-NR) cada año, incluso si no hay ingresos imponibles.
- Es casi seguro que aún tendrá que pagar impuestos a su propio país, estado y localidad.
- No será anónimo del IRS ni de ningún gobierno federal, estatal o local, incluso si utiliza una LLC anónima.
- Si su LLC Anónima recibe ingresos de fuente estadounidense, deberá retener un porcentaje y remitirlo al gobierno de los EE. UU. El porcentaje real se basa en la Publicación 515 o en cualquier tratado tributario que exista entre su país de origen (para fines fiscales) y los Estados Unidos, si lo hubiera. Pídale a su contador porcentajes reales en función de su actividad comercial, ya que solo podemos especular.
- Los pagadores (personas/empresas que le pagan) suelen ser responsables de retener y remitir impuestos al IRS en su nombre en algunas situaciones. Es su responsabilidad asegurarse de que, si el pagador no retiene el impuesto correspondiente, usted mismo lo haga y lo remita al IRS.
- Los impuestos por parte del estado en el que se forman son raros, pero pueden ocurrir dependiendo de sus actividades comerciales y de dónde se derivan sus ingresos de origen estadounidense.
- No puede elegir el tratamiento fiscal de S-Corp para su LLC debido a las restricciones de los accionistas impuestas a las S-Corps y LLC que tributan como tales. Específicamente, los extranjeros no residentes (según se definen en el Código de Rentas Internas) no pueden poseer intereses en una S-Corp o LLC gravada como tal.
- Puede elegir el tratamiento fiscal C-Corp para su LLC para evitar la transferencia de impuestos, pero la LLC aún deberá presentar sus declaraciones de impuestos y realizar sus otras presentaciones, y es probable que la retención automática de ingresos de origen estadounidense aún ocurra hasta cierto punto.
- Law 4 Small Business no puede preparar las declaraciones de impuestos u otras presentaciones de impuestos por usted.
- Law 4 Small Business no puede asesorarlo sobre los impuestos establecidos por su país de origen.
- Law 4 Small Business no puede ayudarlo a abrir una cuenta bancaria. La mayoría de los bancos con sede en EE. UU. tienen requisitos federales para «saber quiénes son sus clientes» y requieren que ingrese a una sucursal en algún lugar. Law 4 Small Business no puede ayudarlo con esto.
- Recomendamos encarecidamente encontrar un contador versado en impuestos internacionales y con experiencia en el manejo de los impuestos de los Estados Unidos y su país de origen. KPMG es una buena opción a tener en cuenta.
Tenemos una serie de otros artículos de la base de conocimientos que involucran a ciudadanos no estadounidenses y cuestiones fiscales que pueden ayudar a responder sus otras preguntas.
Law 4 Small Business (L4SB). Un poco de ley ahora puede salvar mucho más adelante. Una empresa de Slingshot, LLC.