Pregunta:
Estoy considerando formar una LLC en New Mexico o Wyoming con tres socios, incluyéndome a mí.
Ninguno de los socios es residente de los EE. UU. No se realizará ningún trabajo en los EE. UU. No hay empleados estadounidenses. No hay oficina en Estados Unidos. Tal como están las cosas actualmente, no habrá clientes en los EE. UU. Es un negocio de consultoría. No debería haber ningún nexo con los EE. UU., ni ningún ingreso proveniente de los EE. UU.
¿Qué tipo de cumplimiento tributario debo esperar (presentaciones)? ¿Qué tipo de impuestos se pueden esperar a nivel federal?
Respuesta:
Por lo general, remitimos tales preguntas a un contador simplemente porque lo que se pide es un consejo que es muy específico para una situación financiera única, pero a la pregunta le falta mucha información necesaria para proporcionar una opinión sólida. Por ejemplo, ¿cuáles son las fuentes de ingresos reales de los socios? ¿Son ingresos de origen estadounidense? Es fácil malinterpretar las reglas de ingresos de fuente de EE. UU. Si los hay, hay impuestos federales adeudados y obligaciones de retención automática que deben cumplirse, lo que implica presentar una serie de formularios diferentes dependiendo de (i) la naturaleza de los ingresos, (ii) dónde viven los socios y (iii) si existen tratados fiscales entre los Estados Unidos y el domicilio fiscal de cada socio individual.
Como otro ejemplo, esta pregunta no indica si alguno de los propietarios no residentes de la LLC son ciudadanos estadounidenses. Supongo que no, pero la respuesta a esa pregunta tiene un gran impacto en nuestra opinión.
En resumen, esta no es una pregunta que podamos (como bufete de abogados) proporcionar fácilmente una respuesta rápida. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un contador para que se encargue de la preparación de impuestos real y que asesore sobre los formularios específicos que deben presentarse, que pueden cambiar y con frecuencia cambian de un año a otro.
Dicho todo esto, tenemos algunas observaciones generales que podrían ayudar:
- Cada socio/propietario de una LLC de tipo sociedad formada en los Estados Unidos debe tener un Número de Seguro Social (SSN) o un Número de Identificación Personal del Contribuyente (TIN). Esto es cierto para todos los socios, pero especialmente para quien sea la Parte Responsable. La razón de esto es que la LLC debe emitir un K-1 a cada socio.
- A partir del 2017, todos los propietarios extranjeros de LLC de EE. UU. con un 25% o más de propiedad extranjera deben presentar una declaración de impuestos de EE. UU. Formulario 5472 , incluso si no deben impuestos en los EE. UU.
- Es posible que la LLC aún esté obligada a presentar una declaración informativa del Formulario 1065 para la LLC misma y emitir K-1 si corresponde.
- Los ingresos de origen estadounidense, si los hubiera, estarían sujetos a retención y remisión obligatorias al IRS, y el monto de la retención dependería de la nacionalidad/domicilio fiscal del destinatario de los ingresos y de los tratados fiscales vigentes.
Debes consultar la Publicación 515 y la Publicación 519 del IRS, que hablan sobre estos temas y son un buen recurso.
La fiscalidad internacional es una gran especialidad dentro del derecho tributario, y no es algo que se pueda responder fácilmente.
Preguntas relacionadas:
Quizás te interese leer nuestras preguntas relacionadas con este tema.